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El SRI puede demorarse, y eso puede invalidar las sanciones o determinaciones impuestas

¿Sabías que el SRI no puede perseguirte de manera indefinida?


Según el Código Tributario, la Administración tiene 4 años para revisar tu declaración y 6 si nunca la presentaste. Pasado ese tiempo, ya no puede determinar nuevos impuestos, protegiendo tus intereses. Eso se llama caducidad de la facultad determinadora y es fundamental revisarla en cada análisis de caso, según las siguientes reglas:

1. Regla general (4 años):

  • Si el contribuyente sí presentó su declaración, el Estado tiene 4 años para revisar, verificar e imponer una determinación (es decir, establecer cuánto realmente debía pagar).
  • El plazo se cuenta desde la fecha de presentación de la declaración.

2. Caso especial (6 años):

  • Si el contribuyente no presentó declaración, el plazo es más amplio: 6 años.
  • Aquí el Estado se protege frente a la omisión.

3. Determinación practicada por la Administración (1 año):

  • Si la Administración o de manera mixta (Administración + contribuyente) ya emitió un acto de determinación, tiene solo 1 año desde la notificación para verificar y consolidar ese acto.

4. Responsabilidad de los funcionarios:

  • Si un funcionario impide el ejercicio de esta potestad, responde patrimonialmente.
  • Esa responsabilidad es pecuniaria (en dinero), en proporción a lo que el Estado dejó de percibir.

Casa caso es único. Accede a asesoría especializada en materia tributaria aquí.

  • Maestrante en Derecho Tributario por la Universidad Andina Simón Bolívar.
  • Máster en Derecho Administrativo por la Universidad de Cuenca.
  • Abogado de los Tribunales de Justicia de la República por la Universidad de Cuenca.
  • Licenciado en Ciencias Políticas y Sociales por la Universidad de Cuenca.